Tribunal revoca sanción económica contra presidente Petro por caso de basuras en Bogotá
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó la sanción fiscal de más de 40.500 millones de pesos que la Contraloría de Bogotá había impuesto hace años contra el presidente Gustavo Petro por el modelo de recolección de basuras implementado durante su alcaldía en la capital.
La Sala Primera, Subsección B, del alto tribunal determinó que los actos sancionatorios estaban en "manifiesta oposición a la Constitución o la ley" y que hubo "violación del debido proceso por aplicación indebida de la Ley 678 de 2001". Con esta decisión, la responsabilidad fiscal queda sin efectos y el mandatario no deberá pagar la multimillonaria sanción.
Violación al debido proceso
Los magistrados concluyeron que el órgano de control distrital violó el principio de legalidad y el debido proceso del entonces alcalde Petro. Según el fallo, los actos sancionatorios fueron emitidos con "manifiesta oposición a la Constitución o la ley", debido a que se aplicaron presunciones de culpa basadas en una norma que no correspondía al juicio fiscal.
La sentencia detalló que la Contraloría tuvo en cuenta los criterios de dolo y culpa grave contemplados en la Ley 678 de 2001, norma propia de la acción de repetición, lo cual "resulta lesivo del principio de legalidad y del respeto al debido proceso", ya que dicha legislación no podía implementarse en un proceso de responsabilidad fiscal.
El Tribunal recordó que ya existía un precedente sobre hechos similares y reiteró que "la Contraloría demandada, con los actos demandados, incurrió en la violación del debido proceso por aplicación indebida de la Ley 678 de 2001".
Acuerdo conciliatorio
En el fallo se advierte que la oferta de conciliación presentada por la Contraloría fue respaldada unánimemente por el comité de conciliación y aceptada por el abogado defensor del presidente Petro, quien manifestó: "Por considerar que la oferta se encuentra ajustada al ordenamiento jurídico vigente… manifiesto que acepto dicha oferta en los términos propuestos".
En ese sentido, el alto tribunal ordenó la culminación del proceso, la revocatoria de los actos que declaraban responsable fiscal al exalcalde y actual presidente, y el cierre del cobro coactivo.
La decisión establece que "no habrá lugar a reconocimiento económico… ni a indemnización de perjuicios patrimoniales o extrapatrimoniales".
Con esta sentencia, la sanción fiscal de más de 40.500 millones de pesos queda sin efectos. La Contraloría de Bogotá deberá expedir, en un plazo de 30 días, el acto administrativo correspondiente una vez quede ejecutoriado el auto de aprobación.
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