Sistema de salud: Informe destapa cobros fantasmas por $2,3 billones a nombre de 471 mil muertos

La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) reveló un informe ante la Corte Constitucional que expone una de las irregularidades más escandalosas de los últimos años: entre 2018 y 2023 se facturaron $2,3 billones por servicios médicos a 471.480 personas ya fallecidas.
El hallazgo, entregado como insumo para la revisión de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), revela una práctica sistemática de cobros irregulares que compromete la integridad financiera y ética del sistema de salud colombiano.
Cifras
El informe detalla que en el 2021 se concentró la mayor parte de los valores facturados indebidamente, con $699.480 millones registrados. El régimen contributivo representa el 52% del valor total, lo que sugiere que las irregularidades se extienden tanto al sector público como al privado.
Lo más alarmante: hay casos en los que los servicios médicos fueron reportados hasta 26 años después del fallecimiento del paciente.
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Las EPS más comprometidas
Las cifras son contundentes y señalan directamente a algunas de las principales Entidades Promotoras de Salud (EPS):
1. Sura: 50.404 casos – $684.989 millones
2. Compensar: $418.970 millones
3. Savia Salud: $261.580 millones
Un caso en particular llama la atención: Coosalud registró la prestación de un servicio médico 26 años después de la muerte del afiliado.
Cobros imposibles
El informe revela que el 31,21% de los registros corresponde a servicios reportados entre 2 días y un mes después del fallecimiento.
- 4.666 personas recibieron atención ficticia más de un año después de morir.
- 1.172 fueron “atendidas” más de 10 años después.
- 29 casos muestran reportes posteriores a 20 años del deceso.
Entre los tipos de servicios más facturados destacan los procedimientos médicos, con 382.864 casos y un valor de $1,6 billones, seguidos por hospitalizaciones, laboratorios y programas de promoción y prevención de la salud.
Violación de normas y ausencia de auditoría
El marco normativo es claro: las EPS e IPS solo pueden facturar servicios efectivamente prestados hasta la fecha del fallecimiento. No obstante, las cifras revelan una omisión masiva de los deberes legales:
- Las entidades deben reportar la novedad de defunción en un plazo de 5 días hábiles.
- Todo servicio posterior debe ser glosado o depurado en auditoría.
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El presidente Gustavo Petro denunció públicamente el caso a través de sus redes sociales, advirtiendo sobre la gravedad del hallazgo.
El documento ya fue remitido a la Corte Constitucional, que analiza la información en el marco de la revisión de la UPC, mecanismo con el que se calcula la financiación de los servicios de salud en Colombia.
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