Tribunal Superior de Bogotá ordena la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez

La Sala Penal amparó el derecho fundamental a la libertad individual del exmandatario y dejó sin efecto la detención domiciliaria impuesta en primera instancia.
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Álvaro Uribe Vélez
Foto: La orden recae sobre la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda, del Juzgado 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, quien deberá expedir “de manera inmediata” la boleta de libertad. / AFP.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez recuperará su libertad tras la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Bogotá, que este sábado ordenó suspender la medida de prisión domiciliaria en su contra. La Sala de Decisión Penal resolvió una acción de tutela a favor del exmandatario y consideró que la privación de su libertad vulneraba un derecho fundamental, en tanto aún está pendiente de resolverse el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia.

La orden recae sobre la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda, del Juzgado 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, quien deberá expedir “de manera inmediata” la boleta de libertad. Con esta determinación, el Tribunal revocó los efectos del fallo del pasado 1.º de agosto de 2025, cuando se dictó condena y se impuso la medida de detención domiciliaria.

El fallo de tutela, de 38 páginas, también rechazó otras solicitudes de amparo presentadas por terceros intervinientes y dispuso que la decisión sea notificada conforme a la normativa vigente, con eventual revisión por parte de la Corte Constitucional si no es impugnada.

El contenido de la decisión

En el documento, identificado con la radicación 1100122040002025-03196-00, la Sala Penal resolvió:

“PRIMERO: AMPARAR el derecho fundamental a la libertad individual del ciudadano Álvaro Uribe Vélez.
SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTO el numeral cuarto del fallo proferido el 1.º de agosto de 2025 por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, en cuanto ordenó la privación inmediata de la libertad del ciudadano Álvaro Uribe Vélez (…) En consecuencia, disponer que el juzgado accionado, de manera inmediata, expida la boleta de libertad a favor del tutelante, al interior del radicado No. 1100160001022020-00276-00”.

La decisión también declaró improcedentes los amparos solicitados por Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, Jesús Baena Álvarez y Álvaro Jany Barbosa, que habían sido presentados dentro de la misma acción constitucional.

El contexto jurídico del caso

El 1.º de agosto de 2025, la jueza Sandra Heredia dictó sentencia condenatoria contra Álvaro Uribe Vélez y ordenó su detención domiciliaria. La defensa del exmandatario interpuso recurso de apelación, actualmente en trámite ante el propio Tribunal Superior de Bogotá.

La Sala Penal determinó que la medida restrictiva de la libertad no podía ejecutarse hasta que se resolviera dicho recurso, por lo que concedió el amparo al considerar vulnerado el derecho fundamental del expresidente. La decisión no afecta el fondo del proceso penal ni la validez de la condena en primera instancia, pero suspende la ejecución de la medida privativa hasta que se produzca un pronunciamiento definitivo en segunda instancia.

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Próximos pasos en el proceso

El Tribunal Superior deberá resolver de fondo el recurso de apelación y decidir si confirma, modifica o revoca la sentencia condenatoria. En caso de ratificarse la condena, la defensa podría acudir a la Corte Suprema de Justicia mediante el recurso extraordinario de casación.

De no ser impugnada, la tutela será remitida a la Corte Constitucional para su eventual revisión, conforme lo dispone el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

Mientras tanto, la jueza de primera instancia deberá cumplir la orden del Tribunal y expedir de inmediato la boleta de libertad, lo que permitirá que Álvaro Uribe Vélez enfrente en libertad la etapa de apelación del proceso penal en su contra.