Proyecto de ley “Por allá sí voy” busca regular plataformas de transporte en Colombia
Los viajes que millones de colombianos piden a diario desde el celular podrían quedar sujetos a un reglamento propio. Es lo que plantea el proyecto de ley “Por allá sí voy”, que busca regular las plataformas de transporte en el país: formalizaría el servicio que prestan, obligaría a contratar pólizas para los trayectos y permitiría que un conductor cuestione la suspensión de su cuenta.
Por ahora nada de eso rige. Mientras el Congreso no lo apruebe, seguirá vigente la restricción que impide cobrar por transportar pasajeros en un vehículo particular sin autorización, y, según el Ministerio de Transporte, descargar o usar una aplicación no equivale a tenerla.
Quién lo presenta y qué problema busca resolver
La iniciativa lleva la firma del representante Mauricio Andrés Toro Orjuela, acompañado por otros congresistas. Su punto de partida es una contradicción cotidiana: el uso de las apps de movilidad está masificado, pero esa popularidad no convierte en legal un servicio público de transporte prestado en carro propio.
Vamos a regular las plataformas de transporte al fin!! Los ciudadanos tienen derecho a elegir, vamos a proteger sus derechos, equilibrar la cancha con los taxistas y modernizar las normas de transporte individual Todos vamos a decir POR ALLÁ SI VOY! https://t.co/ULuKpcmFId
— Mauricio Toro 🌻 (@MauroToroO) October 14, 2026
Lo que hoy se castiga
Quien incurre en la infracción D.12 del Código Nacional de Tránsito enfrenta una multa de 30 salarios mínimos diarios y la inmovilización del vehículo: cinco días la primera vez, 20 la segunda y 40 la tercera.
La infracción D.12 del Código Nacional de Tránsito de Colombia consiste en conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene su licencia de tránsito (por ejemplo, usar un automóvil particular para prestar servicio de transporte público o plataformas de movilidad como Uber, Didi o Cabify).
La exposición de motivos contabiliza 159.437 comparendos por esta causa entre enero de 2021 y julio de 2026, de los cuales 103.580 recayeron en automóviles y 40.748 en motos.
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Un registro nacional como columna vertebral
La pieza central sería el Registro Único Nacional del Servicio de Transporte Intermediado por Plataformas Digitales (RUNSTIP), que viviría dentro del Registro Único Nacional de Transito (RUNT). En él figurarían las empresas, sus operadores, los conductores y los carros vinculados.
Deberían inscribirse quienes hagan al menos diez viajes al año, con licencia vigente y certificado de antecedentes judiciales. Los vehículos conservarían placa particular y clase de servicio, pero tendrían que cumplir las exigencias técnicas, de seguros y de revisión técnico-mecánica que se definan.
Precios claros y cuentas con garantías
Las empresas podrían ajustar tarifas según oferta y demanda, a cambio de mostrar al usuario el precio y sus componentes antes del viaje y entregarle un comprobante con los datos del recorrido.
Para los conductores, el texto introduce transparencia algorítmica: las compañías deberían explicar en términos entendibles cómo asignan servicios y calculan precios, sin abrir su código ni sus secretos comerciales.
Ante una suspensión o un bloqueo definitivo, el afectado podría exigir que una persona revise el caso antes de que quede en firme. También se plantea que el historial y la reputación puedan llevarse de una app a otra.
El proyecto no declara empleados a los conductores. Para quienes sigan como independientes, obliga a las plataformas a comprobar sus aportes a seguridad social y a avisar a las autoridades si no se pagan.
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Quién pagaría y qué pasaría con los taxis
Los operadores asumirían una contribución no tributaria del 1,5 % de los ingresos netos por viaje, que no podrían descontar a los conductores. El dinero iría a capacitación y bilingüismo, vivienda, salud, reconversión laboral, retiro de vehículos de tracción animal y mejoras viales.
El taxi también cambiaría: tendría tarifas dinámicas cuando se contrate por plataforma y perdería, de forma gradual, la figura de los cupos negociables.
Control y calendario
La vigilancia recaería en el Ministerio de las TIC, sin quitar competencias a las autoridades territoriales. Con la ley aprobada, el Ministerio de Transporte dispondría de doce meses para reglamentar el registro. Hasta entonces no desaparecen las sanciones actuales ni queda autorizado cualquier viaje pedido por app.
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