Amenazas de intervención militar de Trump a Colombia y Venezuela: un peligro para la soberanía latinoamericana
El derecho internacional ha experimentado una evolución profunda desde principios del siglo XX. Mientras que el derecho internacional clásico admitía la guerra como mecanismo para resolver disputas entre Estados, el modelo contemporáneo, consolidado tras la Segunda Guerra Mundial y la creación de la ONU, prohíbe expresamente el uso de la fuerza, salvo en casos de legítima defensa o con autorización del Consejo de Seguridad.
Desde el 11 de septiembre, Estados Unidos ha atacado más de 20 botes en el mar Caribe y en el Pacífico, asesinando a más de 80 personas. La ONU ha calificado las operaciones como "ejecuciones extrajudiciales" que violan el derecho internacional. De hecho, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibió este martes la primera demanda contra Estados Unidos por la muerte del pescador colombiano Alejandro Carranza Medina en un bombardeo aéreo el 15 de septiembre.
Estados que actúan militarmente fuera de ese marco, sin mandato internacional ni justificación válida bajo la Carta de la ONU, estarían retrocediendo a una legislación superada, incompatible con el orden jurídico actual. Así lo establece el artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas y diversos desarrollos doctrinales posteriores.
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Expertos del derecho internacional afirman que cualquier acción militar unilateral, como bombardeos sin verificación judicial o intervención sin mandato, compromete la soberanía de los Estados afectados. Más aún si se realizan sin pruebas públicas que las justifiquen, bajo términos como “lucha contra el narcotráfico”, sin control de legalidad ni participación de organismos internacionales o sin un mandato explícito del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
¿Qué ramas del derecho internacional se habrían violado, en los ataques contra embarcaciones en el mar Caribe y el Océano pacífico?
Los bombardeos de Estados Unidos en el Mar Caribe y en el Océano Pacífico se estarían violando específicamente dos ramas del Derecho Internacional:
1. Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH)
De acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el DIDH es el conjunto normativo protege los derechos fundamentales de las personas, incluyendo el derecho a la vida. Las ejecuciones extrajudiciales —matar sin juicio ni prueba legal suficiente— están prohibidas bajo cualquier circunstancia.
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2. Derecho Internacional Humanitario (DIH)
Acorde con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), el DIH regula los conflictos armados y protege a quienes no participan directamente en ellos. Aunque EE. UU. no ha declarado un conflicto armado formal, si presenta estos ataques como parte de una operación militar internacional. Conforme al Protocolo 1 de los Convenios de Ginebra, Estados Unidos estaría obligado a respetar el DIH el que impone principios como:
- Distinción: diferenciar entre civiles y objetivos militares.
- Proporcionalidad: evitar daños colaterales desproporcionados.
- Necesidad militar: justificar el uso de la fuerza con objetivos militares claros.
- Precaución: tomar medidas para proteger a civiles.
De no cumplirse estos principios, el ataque contra estas embarcaciones, tanto en el Pacífico como en el Caribe, podría constituir una violación grave del DIH, tal como lo han denunciado organismos como Human Rights Watch.
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Un patrón de intervenciones en la historia de la región
La preocupación por las amenazas de intervención militar en países como Venezuela o Colombia no es nueva. De acuerdo con artículos periodísticos e investigaciones académicas, América Latina ha vivido episodios prolongados de injerencia por parte del país norteamericano. Durante la Guerra Fría, varias dictaduras se consolidaron con apoyo extranjero, en particular bajo el Plan Cóndor, una estrategia de coordinación represiva entre gobiernos militares, respaldada por Estados Unidos.
Casos como los de Chile (Pinochet), Argentina (Videla), Brasil (Costa e Silva) y Paraguay (Stroessner) marcaron esa etapa, donde se violaron masivamente derechos humanos, según lo documentan varios medios, como la BBC, El País de España y historiadores de la región.
“que estos crímenes internacionales de las dictaduras dieran lugar a investigaciones, incluida una que culminó con la detención de Pinochet en Londres, que finalmente llevarían a cientos de militares responsables ante la justicia” - John Dinges, periodista estadounidense.
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Después de la segunda guerra mundial, Estados Unidos fomentó golpes de Estado a través de intervenciones militares, acorde con la documentación de France 24. EE. UU. Propició un golpe de Estado en Guatemala en el año de 1954; luego le tocó el turno República Dominicana en el año de 1964; 25 años después el país norteamericano propició la invasión a Panamá en 1989.
De acuerdo con algunos historiadores, como David Harvey, las dictaduras respaldadas por Estados Unidos interrumpieron procesos democráticos y transformaron estructuras económicas, sociales y políticas de largo plazo. Sus efectos no se limitan al pasado y a una violación sistemática a los Derechos Humanos a través de persecuciones, torturas, desapariciones forzadas y asesinatos de opositores políticos.
Los expertos explican que los efectos de estas intervenciones produjeron una privatización de sectores estratégicos, aumento de la dependencia de exportaciones y del capital extranjero, un aumento de la deuda externa.
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