El Senado está convocado por la historia, no por Petro sino por el pueblo presidente al radicar la Consulta Popular

El Senado está convocado por la historia, no por Petro sino por el pueblo: presidente al radicar la Consulta Popular

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En el marco de las movilizaciones del 1° de Mayo, el primer mandatario presentó formalmente ante el Senado una propuesta de Consulta Popular compuesta por 12 preguntas.

En el marco de las movilizaciones del Primero de Mayo, el presidente Gustavo Petro presentó formalmente ante el Senado de la República una propuesta de Consulta Popular compuesta por 12 preguntas esenciales.

Esta iniciativa busca revivir aspectos importantes de la reforma laboral, previamente rechazada por el Congreso. Durante este acto, el jefe de Estado sostuvo la espada de Bolívar, símbolo de libertad para el país, y enfatizó que "el Presidente de la República de Colombia no solo deja las preguntas de la Consulta Popular, sino que le solicita al Senado de la República permitir que el pueblo se exprese" .

¿Por qué se llegó a la consulta?

En dos ocasiones, el actual Gobierno propuso al Congreso de la República la reforma laboral para resarcir los derechos de los trabajadores colombianos que perdieron en la modificación a la legislación en 2002.

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La primera de estas iniciativas fue radicada, por el mismo presidente Gustavo Petro, el 16 de marzo de 2023, pero la iniciativa no tuvo un solo debate ni en comisiones y plenarias del legislativo y el 20 de junio de ese mismo año fue archivada porque no hubo quórum en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.

Ante esta situación, el Gobierno volvió a insistir en la iniciativa y de la mano de la entonces ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, radicó el texto concertado con sectores empresariales, congresionales y de trabajadores el 24 de agosto de 2023.

Solo hasta el 18 de junio de 2024 fue aprobada por la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes en primer debate y pasó a manos de la plenaria de la Corporación que le dio visto bueno, en segundo debate, el 17 de octubre de 2024.

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Pasaron cinco meses y solo hasta el 18 de marzo de 2025, cuando se radicó la ponencia negativa firmada por los senadores Honorio Henríquez, Alirio Barrera (Centro Democrático); Esperanza Andrade, Nadia Blel (Partido Conservador); Miguel Ángel Pinto (Partido Liberal), Berenice Bedoya (ASI), Ana Paola Agudelo (Mira) y Lorena Ríos (Justa Libres) determinaron el archivo del segundo proyecto de reforma laboral propuesto por el Gobierno.

Ante la inminencia de la decisión del Congreso de no darle trámite a la reforma laboral, el presidente Petro se anticipó a la decisión que adoptó la Comisión Séptima para hundir la reforma y el 11 de marzo de 2025 anunció: "El Gobierno convoca al pueblo colombiano, todo, a decidir, y convoca a una consulta popular para definir la reforma laboral y la reforma a la salud".

El trámite de la Consulta: el Congreso tiene un mes para pronunciarse

Con la radicación de la propuesta de la Consulta Popular, comienza el trámite de la iniciativa que pasa por las manos del Senado de la República. La ley 1757 de 2015 de mecanismos de participación ciudadana, en el inciso d) del artículo 20 establece que "el Senado de la República, se pronunciará sobre la conveniencia de la convocatoria a consultas populares nacionales".

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Para este fin, la norma determinó, en el inciso b) del artículo 31, que "el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo una decisión de trascendencia nacional". En el siguiente artículo, el 32, determina el tiempo que tiene el Senado para pronunciarse.

"En el término de un mes, contado a partir del cumplimiento del requisito previo del que trata el Artículo anterior de la presente ley, el Congreso de la República o el Senado de la República, respectivamente, deberá pronunciarse sobre la conveniencia de la convocatoria a plebiscito la Consulta Popular Nacional".

Ya en el artículo 33 se establece que luego del visto bueno del Congreso, el presidente de la República queda facultado para expedir el decreto en el que fijará la fecha para la votación "del mecanismo de participación ciudadana correspondiente y adoptará las demás disposiciones necesarias para su ejecución".

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Y, en el mismo artículo, en el inciso c) determina que "la Consulta Popular se realizará dentro de los tres meses siguientes a la fecha del concepto previo de la corporación pública respectiva o del vencimiento del plazo indicado para ello".

"La decisión del pueblo será obligatoria en todo mecanismo de participación democrática cuando se cumpla con los siguientes requisitos:

c). En la Consulta popular que la pregunta sometida al pueblo haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral", determina el artículo 41 de la norma.

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Ya en el artículo 42 de la norma se determinó que "los mecanismos de participación ciudadana, que habiendo cumplido los requisitos contemplados en el artículo anterior, hayan sido aprobados tienen las siguientes consecuencias:

c). Cuando el pueblo haya adoptado una decisión obligatoria en una consulta popular, el órgano correspondiente deberá adoptar las medidas para hacerla efectiva".

Y agrega: "Cuando para ello se requiera una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, la corporación respectiva deberá expedirla dentro del mismo período de sesiones o a más tardar en el período siguiente. Si vencido este plazo el Congreso, la asamblea, el concejo o la junta administradora local, no la expidieren, el Presidente de la República, el gobernador, el alcalde dentro de los quince (15) días siguientes la adoptará mediante decreto con fuerza de ley, ordenanza, acuerdo o resolución local, según el caso. En esta circunstancia el plazo para hacer efectiva la decisión popular será de dos meses".

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Proyectos que ha radicado el Presidente Petro

No es la primera vez que el presidente radica personalmente una iniciativa en el Congreso. El primer proyecto que él mismo entregó al Legislativo fue el del Plan Nacional de Desarrollo 'Colombia potencia mundial de la vida', en una ceremonia que se realizó en la Plaza Núñez del Capitolio Nacional el 6 de febrero de 2023.

La reforma a la salud fue la segunda iniciativa que llevó al Congreso el 13 de febrero de 2023 y que hasta la fecha no ha sido aprobada por el legislativo. Se encuentra en el penúltimo debate de su trámite en la Comisión Séptima del Senado.

El 16 de marzo de 2023, el presidente Petro radicó el proyecto de reforma laboral en el Congreso, que fue archivada en la Comisión Séptima del Senado en su penúltimo debate.

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Y, hoy, primero de mayo, el mismo mandatario de los colombianos puso a consideración del Senado de la República la propuesta para convocar una Consulta Popular, para la reivindicación de los derechos de los trabajadores colombianos.


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