Gobierno declara Emergencia Económica en Colombia
El Gobierno nacional expidió el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional por treinta (30) días calendario, contados desde la vigencia del decreto. La decisión habilita al Ejecutivo para expedir decretos legislativos y realizar operaciones presupuestales dirigidas, según el propio texto, a conjurar la crisis y evitar que sus efectos se profundicen.
En la motivación, el decreto describe una coyuntura fiscal que combina la ausencia de una fuente legal para completar ingresos del Presupuesto 2026 y un conjunto de obligaciones inmediatas —en salud, subsidios y compromisos de pago— que, en la lectura del Gobierno, no admiten aplazamientos sin riesgos para la continuidad de servicios y la estabilidad financiera.
El faltante que activa la emergencia
El decreto parte del presupuesto aprobado para 2026: $546,9 billones. Señala que su financiación incluía ingresos esperados de una ley de financiamiento por $16,3 billones, que no prosperó en el Congreso, dejando un vacío que el Gobierno califica como determinante para la sostenibilidad fiscal del año entrante.
En ese marco, el texto plantea que la falta de una herramienta legal para obtener esos recursos incrementa el riesgo de restricciones de caja y presiona decisiones que afectarían la capacidad del Estado para cumplir pagos y mantener programas y servicios. El decreto liga ese escenario con alertas sobre el costo del financiamiento y la percepción de riesgo.
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Salud, subsidios y obligaciones: las presiones que el decreto pone en primer plano
La motivación dedica un tramo amplio a salud, con énfasis en la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y en la necesidad de recursos adicionales para 2026. En el documento se menciona una estimación de $3,3 billones asociados a esa presión fiscal.
También incorpora el frente de subsidios de energía: advierte sobre saldos pendientes por cubrir y describe impactos potenciales sobre la prestación del servicio, en un contexto en el que se menciona la situación del Caribe y la carga fiscal de esos compromisos.
A ese cuadro suma otras obligaciones que, según el decreto, aprietan el margen de maniobra: menciona sentencias judiciales y pagos en curso, así como necesidades derivadas de eventos recientes de afectación por desastres, en un conjunto de factores que el Gobierno presenta como simultáneos.
Qué autoriza el decreto y cuál es el control posterior
En la parte resolutiva, el Decreto 1390 fija el alcance de la emergencia: declara el estado excepcional por 30 días y habilita la expedición de decretos legislativos y operaciones presupuestales destinadas exclusivamente a conjurar la crisis y evitar la extensión de sus efectos.
El texto además traza el control político posterior: dispone que el Congreso sea convocado para el décimo día siguiente al vencimiento de la emergencia, con el fin de ejercer el control correspondiente sobre las medidas adoptadas durante el periodo excepcional.
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