CIDH exige a Estados Unidos respetar los Derechos Humanos en operaciones militares fuera de su territorio

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresó su profunda preocupación por operaciones aéreas y navales letales de EE. UU. en el Caribe y el Pacífico oriental. Más de 80 personas habrían muerto desde septiembre de 2025.
Bombardeos en el Caribe.
Foto: El organismo subrayó que cuando se emplea fuerza letal el Estado está obligado a demostrar que la acción fue estrictamente legal, necesaria y proporcional, además de investigar de oficio cualquier muerte. / AFP.

Desde Washington, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su “profunda preocupación” por las operaciones militares letales llevadas a cabo por Estados Unidos fuera de su territorio, en el mar Caribe y el océano Pacífico oriental, que habrían dejado más de 80 personas muertas desde septiembre de 2025.

En un comunicado oficial emitido este 2 de diciembre, la CIDH instó al Estado estadounidense a garantizar que todas las operaciones de seguridad, incluso las extraterritoriales, se ajusten estrictamente a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, en particular en lo referente al derecho a la vida, el uso de la fuerza, el debido proceso y los mecanismos de rendición de cuentas.

La Comisión advirtió que, aunque reconoce la gravedad del crimen organizado transnacional, el uso de la fuerza letal por parte de agentes del Estado fuera del territorio nacional impone deberes reforzados de legalidad, necesidad, proporcionalidad e investigación inmediata de las muertes.

Más de 15 operaciones y decenas de personas muertas

De acuerdo con información pública y oficial citada por la CIDH, desde comienzos de septiembre de 2025 se habrían realizado al menos 15 operaciones aéreas y navales contra embarcaciones que Estados Unidos vincula con organizaciones criminales transnacionales. Estas acciones habrían dejado más de 80 personas muertas y al menos tres sobrevivientes.

El primer hecho reportado ocurrió el 2 de septiembre, con la destrucción de una embarcación frente a aguas venezolanas, que dejó 11 personas muertas. El 15 de septiembre se registró otra operación con tres fallecidos, seguida de un nuevo ataque el 19 de septiembre en el Caribe, también con tres víctimas fatales.

En octubre continuaron los operativos: el 3 de octubre se reportaron cuatro muertes; entre el 16 y 17 de octubre, una embarcación de perfil bajo fue atacada en el Caribe, con un saldo de dos muertos y dos sobrevivientes, estos últimos trasladados posteriormente a custodia de EE. UU. El 22 de octubre, dos operaciones en el Pacífico oriental dejaron cinco personas muertas.

Uno de los episodios más graves ocurrió el 27 de octubre, cuando la destrucción de cuatro embarcaciones en el Pacífico oriental dejó 14 personas muertas y un sobreviviente, quien fue rescatado por autoridades mexicanas. El 29 de octubre se produjo otro ataque con cuatro muertos adicionales.

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En noviembre continuaron los operativos: el 1 de noviembre se reportaron tres fallecidos en el Caribe; el 4 de noviembre, dos muertes en el Pacífico oriental; y el 9 de noviembre, dos ataques separados en el Pacífico dejaron seis personas muertas. Para el 10 de noviembre, fuerzas estadounidenses informaron nuevos ataques contra dos embarcaciones con seis muertos más, elevando la cifra total documentada a más de 83 personas.

Uso excepcional de la fuerza militar y deber de investigar

La CIDH recordó que, conforme a la jurisprudencia interamericana, la obligación de respetar y garantizar el derecho a la vida se extiende a situaciones en las que agentes estatales ejercen autoridad o control efectivo fuera del territorio, incluidos los operativos en altamar.

El organismo subrayó que cuando se emplea fuerza letal el Estado está obligado a demostrar que la acción fue estrictamente legal, necesaria y proporcional, además de investigar de oficio cualquier muerte, sin importar el lugar de los hechos ni la condición jurídica atribuida a las víctimas.

La Comisión reiteró que el uso de fuerzas militares en tareas de seguridad pública debe ser excepcional, estrictamente regulado y limitado a situaciones en las que las autoridades civiles sean insuficientes. Advirtió que su despliegue, especialmente fuera del territorio nacional, incrementa los riesgos de ejecuciones arbitrarias, falta de rendición de cuentas y violaciones al debido proceso.

Exigencias al Estado estadounidense

Frente a este escenario, la CIDH llamó a Estados Unidos a:

  • Abstenerse de emplear fuerza militar letal en operaciones de seguridad pública, garantizando que toda acción contra el crimen cumpla con los estándares internacionales de derechos humanos.
  • Adelantar investigaciones prontas, imparciales e independientes sobre todas las muertes y detenciones derivadas de estos operativos.
  • Adoptar medidas efectivas para prevenir la repetición de este tipo de hechos.

La Comisión anunció que mantendrá un monitoreo estrecho de la situación y reiteró su disposición de sostener un diálogo técnico con el Estado estadounidense en el marco de la Organización de los Estados Americanos, de la cual es un órgano autónomo encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente.


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