"Sin garantías no podíamos seguir": la ley que ampara a las mujeres buscadoras

Durante décadas, miles de mujeres colombianas han recorrido fosas comunes, morgues, oficinas gubernamentales y territorios hostiles con una única certeza: no descansarán hasta saber qué pasó con sus familiares desaparecidos. Armadas solo con fotografías desgastadas y una determinación inquebrantable, estas buscadoras han enfrentado amenazas, indiferencia institucional y el peso de un duelo que no termina.
"Sin garantías no podemos seguir trabajando en la búsqueda de las personas que aún continúan desaparecidas", clamaron durante años. El 18 de junio de 2024, ese clamor encontró respuesta: el Congreso de Colombia aprobó la Ley 2364, un marco normativo que finalmente reconoce y protege a las mujeres buscadoras.
De la invisibilidad al reconocimiento
La historia de esta ley es también la historia de una lucha colectiva. La Fundación Nidia Erika Bautista, junto a ocho organizaciones aliadas, lideró un proceso de incidencia que logró lo que parecía imposible: que el Estado reconociera formalmente que buscar a los desaparecidos no es solo un acto de amor familiar, sino una labor de construcción de paz.
El nombre mismo de la fundación evoca memoria. Nidia Erika Bautista fue una estudiante universitaria desaparecida en 1987 durante una operación militar. Su madre, Fabiola Lalinde, se convirtió en un símbolo de la lucha por la verdad en Colombia, hasta su muerte en 2019. Esta ley honra su legado y el de miles de mujeres que han seguido sus pasos.
Constructoras de paz: un título que protege
La Ley 2364 va más allá del reconocimiento simbólico. En su primer artículo establece que las mujeres buscadoras son "constructoras de paz y sujetos de especial protección constitucional", una clasificación jurídica que activa mecanismos específicos de amparo estatal.
¿Quiénes son estas mujeres? La ley las define como aquellas que, individual o colectivamente, se han dedicado de forma continua y sustancial a buscar víctimas de desaparición forzada. Madres, hermanas, hijas, esposas, compañeras. Mujeres que transformaron su dolor en acción y su ausencia en presencia permanente.
El reconocimiento incluye además el título de defensoras de derechos humanos, lo que las sitúa bajo el paraguas de protección internacional y nacional para quienes defienden garantías fundamentales en contextos de riesgo.
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Un día para no olvidar
Cada 23 de octubre, Colombia conmemora el Día Nacional de Reconocimiento a las Mujeres Buscadoras de Víctimas de Desaparición Forzada. No es una fecha más en el calendario cívico: es un recordatorio de que la búsqueda continúa y de que el Estado tiene una deuda pendiente con la verdad.
Los pilares de la protección
La ley se sostiene sobre nueve principios fundamentales que trazan el camino para su implementación:
La dignidad garantiza que las buscadoras sean tratadas con respeto, terminando con años de maltrato burocrático y deshumanización institucional.
La igualdad y no discriminación asegura que todas las mujeres, sin importar su origen, raza, religión u orientación, tengan acceso a las mismas protecciones.
La integralidad es quizás el principio más ambicioso: abarca desde el derecho a la verdad y la justicia hasta la atención psicosocial, pasando por el acceso a información, la reparación y la garantía de que las violencias no se repitan.
La no revictimización prohíbe explícitamente cualquier práctica que profundice el sufrimiento de las buscadoras, un fenómeno tristemente común en las instituciones públicas.
La participación garantiza que las mujeres buscadoras tengan voz en las políticas públicas de paz, en los planes y programas que las afectan. Ya no más decisiones sobre ellas sin ellas.
La acción sin daño obliga a las autoridades a actuar con conocimiento profundo de los contextos sociales, políticos y culturales donde ocurren las desapariciones.
La corresponsabilidad distribuye la obligación de proteger entre el Estado, la sociedad civil, el sector privado y las comunidades, reconociendo que esta no es solo una tarea gubernamental.
La intersectorialidad busca coordinar las acciones de diferentes instituciones, evitando la fragmentación que tanto ha obstaculizado la búsqueda.
La interculturalidad respeta las particularidades de comunidades negras, afro, raizales, palenqueras, indígenas y ROM, reconociendo que la desaparición y la búsqueda tienen significados distintos en diferentes culturas.
El registro: puerta de acceso a los derechos
Para materializar estos principios, la ley ordena la creación del Registro Único de Mujeres Buscadoras, que será administrado por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Este registro funcionará articulado con el Registro Nacional de Desaparecidos, asegurando que la información fluya y que las buscadoras puedan acceder efectivamente a las garantías que la ley establece.
La inscripción en este registro no es un mero trámite: es la llave que abre la puerta a la participación en espacios de decisión, a medidas de protección específicas y al reconocimiento formal de su labor.
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A más de un año de su promulgación, las organizaciones de víctimas reconocen el avance que significa la ley, pero advierten que el verdadero desafío está en su implementación. Los recursos presupuestales, la voluntad política y la sensibilización de los funcionarios públicos son elementos cruciales que aún requieren fortalecimiento.
Las mujeres buscadoras han demostrado tener resistencia sobrada. Ahora le corresponde al Estado demostrar que su compromiso con ellas va más allá del papel. Porque cada día que pasa sin avances en la búsqueda es un día más de incertidumbre para quienes no pierden la esperanza de encontrar respuestas.
Un legado de dignidad
En un país marcado por el conflicto armado y una de las cifras más altas de desaparición forzada en el continente, las mujeres buscadoras son más que víctimas: son la memoria viva, la conciencia crítica y la esperanza de que la verdad es posible.
La Ley 2364 de 2024 no les devuelve a sus seres queridos, pero sí les devuelve algo fundamental: el reconocimiento de que su búsqueda es legítima, necesaria y digna de protección. Que su dolor no es privado sino político. Que su labor no es una carga sino una contribución invaluable a la construcción de un país en paz.
Mientras exista una madre preguntando por su hijo, una hermana buscando a su hermano, una hija rastreando a su padre, esta ley debe ser la garantía de que no están solas. De que el Estado camina con ellas, no contra ellas. De que la búsqueda de la verdad es también responsabilidad de todos.
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