Juan Daniel Oviedo

Consejo de Estado confirma inhabilidad de Juan Daniel Oviedo como concejal de Bogotá

Foto: Oviedo llegó al Concejo por el estatuto de oposición, luego de quedar en segundo lugar en las elecciones a la Alcaldía de Bogotá de 2023. / AFP.
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El Consejo de Estado ratificó la nulidad de su elección por haber firmado un contrato con una entidad estatal dentro del año previo a los comicios. Oviedo renunció en mayo para lanzarse como precandidato presidencial.

La Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó este 27 de junio que Juan Daniel Oviedo sí estaba inhabilitado para ocupar el cargo de concejal de Bogotá, al haber suscrito un contrato con el Estado dentro del año anterior a su elección. Con esta decisión, el alto tribunal ratificó la sentencia emitida en febrero por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ya había declarado la nulidad de su credencial para el periodo 2024-2027.

Aunque Oviedo renunció al Concejo el pasado 29 de mayo con el propósito de lanzarse como precandidato presidencial para 2026, el fallo del Consejo de Estado deja en firme que su elección fue contraria a la ley por incurrir en una causal de inhabilidad previamente establecida en la jurisprudencia electoral.

Contrato con entidad estatal: la razón de la inhabilidad

Según el fallo con ponencia del magistrado Óscar Dimaté, Juan Daniel Oviedo firmó un contrato de arrendamiento con el Fondo Nacional de Garantías, una sociedad de economía mixta del orden nacional, el 20 de junio de 2023. El contrato fue suscrito en calidad de arrendador, con ejecución en la ciudad de Bogotá, lo que constituyó una causal de inhabilidad al ser un acuerdo con una entidad estatal dentro del año anterior a las elecciones del 29 de octubre de 2023.

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La sentencia precisa que el contrato fue celebrado “en interés propio” y debía ejecutarse en el territorio donde se presentaba como candidato. Esto vulnera el régimen de inhabilidades que impide a los ciudadanos contratar con el Estado en el mismo ámbito territorial en el que buscan ser elegidos, si dicho contrato se firma dentro del año anterior a los comicios.

Demandas y antecedentes jurídicos del caso

El proceso contra Oviedo tuvo origen en dos acciones distintas. La primera fue presentada por el abogado Samuel Ortiz Mancipe, y la segunda por Luis Humberto Guidales García, quienes solicitaron la nulidad del acto de elección. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia del 6 de febrero de 2025, les dio la razón y ordenó cancelar la credencial.

El Consejo de Estado, al resolver la apelación interpuesta por Oviedo, confirmó íntegramente ese fallo, concluyendo que la inhabilidad sí se configuró de manera objetiva. En su parte resolutiva, la decisión señala:

“Confirmar la sentencia del 6 de febrero de 2025 proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, que accedió a las pretensiones de la demanda y declaró la nulidad del acto de elección del señor Juan Daniel Oviedo como concejal de Bogotá D. C.

La nulidad recae sobre el acto contenido en los formularios E-26 ALC y E-26 CON expedidos por la Comisión Escrutadora el 8 de noviembre de 2023, mediante los cuales se declaró su elección para el Concejo Distrital por el grupo significativo de ciudadanos Con toda por Bogotá.

Precandidatura presidencial en curso

Pese al fallo, Juan Daniel Oviedo sigue adelante con su aspiración presidencial. El pasado 3 de junio, inscribió el comité para la recolección de firmas que respaldarán su movimiento político Con todo por Colombia. Además, anunció que también impulsará una lista cerrada al Congreso, buscando representación con enfoque regional.

Oviedo llegó al Concejo por el estatuto de oposición, luego de quedar en segundo lugar en las elecciones a la Alcaldía de Bogotá de 2023, superando al candidato del Pacto Histórico, Gustavo Bolívar. Su trayectoria en la vida pública comenzó durante el gobierno de Iván Duque, cuando fue director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), cargo en el que ganó notoriedad durante la pandemia.