Justicia tardía: el Estado es condenado por violencia sexual de soldado contra niña indígena Wiwa en 2009
El Consejo de Estado responsabilizó al Estado por la violencia sexual cometida en 2009 contra una niña indígena del pueblo Wiwa, una de las comunidades que habitan la Sierra Nevada de Santa Marta, por parte de un soldado del Ejército Nacional.
El alto tribunal señaló que el abuso contra la menor no fue un hecho aislado, sino parte de un contexto sistemático, ya que existían alertas previas sobre el comportamiento del militar involucrado. Además, concluyó que el uniformado utilizó su investidura y poder como integrante del Ejército Nacional para cometer el crimen.
Los hechos ocurrieron en el año 2009
En 2009, un soldado del Ejército Nacional, aprovechando su posición de autoridad durante un despliegue de tropas, ingresó a una finca indígena y violentó sexualmente a una niña de 13 años del pueblo Wiwa. Este acto de violencia obligó a la menor a abandonar su formación para convertirse en Saga, una figura esencial encargada de la guía espiritual, social y política de su comunidad.
El crimen no solo representó un daño irreparable para la víctima, sino que constituyó un golpe a la memoria y pervivencia cultural de todo su pueblo, al truncar la transmisión de la sabiduría ancestral.
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Tutela permitió que el Consejo de Estado reconozca responsabilidad del Estado
El fallo se dio tras una tutela presentada por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, que permitió revertir una decisión previa que había cerrado el caso por vencimiento de términos.
Después de 17 años de proceso, el alto tribunal concluyó que el militar utilizó su autoridad y condición de integrante de la fuerza pública para cometer el crimen. La sentencia señaló que el abuso no fue un hecho aislado, sino un caso directamente relacionado con el servicio militar, por lo que el Estado debía responder por lo ocurrido.
El Consejo de Estado también advirtió fallas en la cadena de mando, ya que existían alertas sobre el comportamiento del uniformado y no se adoptaron medidas para prevenir el riesgo. El fallo subrayó que este tipo de violencias tienen una gravedad especial cuando quienes deben proteger a la población terminan convirtiéndose en agresores.
La sentencia reconoció vulneraciones a la dignidad humana, la integridad personal y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Además, ordenó medidas de reparación integral para la víctima y el pueblo Wiwa, entre ellas acompañamiento psicológico, actos simbólicos y acciones para evitar que hechos similares se repitan.
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Un caso que evidencia las barreras para las víctimas
Tras los hechos, la familia inició un largo proceso judicial que se extendió por más de una década, activando las vías penal, disciplinaria y administrativa. Aunque la denuncia se presentó en 2009, la investigación tardó cerca de cinco años en ser reasignada a una unidad especializada en derechos humanos. Estas demoras dificultaron el avance del caso y la recolección de pruebas.
En el ámbito disciplinario, la Procuraduría Regional de La Guajira sancionó en 2014 al uniformado con destitución e inhabilidad por 14 años. Sin embargo, el proceso penal no llegó a una condena, ya que en 2022 fue declarado cerrado por la muerte del responsable. Esto dejó sin una decisión judicial de fondo el caso.
Ante ese panorama, la familia acudió a la justicia contencioso-administrativa buscando reparación. En 2018 un tribunal reconoció la responsabilidad del Ejército y ordenó medidas de reparación integral. No obstante, en 2024 el Consejo de Estado revocó esa decisión al declarar la caducidad del proceso.
Esta decisión obligó a mantener abierta la búsqueda de justicia, pese al paso del tiempo. El caso evidencia las dificultades de acceso a la justicia en procesos de graves violaciones de derechos humanos y se centra en el reconocimiento del daño y la reparación por parte del Estado.
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