Salario vital sigue en firme a pesar de que el Consejo de Estado ratificó suspensión del decreto
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, salió a aclarar este lunes el alcance de la decisión del Consejo de Estado que confirmó la suspensión del Decreto 1469 de 2025, con el que el Gobierno del presidente Gustavo Petro fijó el aumento del salario mínimo en un 23% para 2026. "El salario vital sigue en firme. En Colombia, las conquistas y derechos de las y los trabajadores no tienen reversa. La decisión del Consejo de Estado conocida hoy no afecta el decreto transitorio que expedimos junto al presidente Petro el pasado 19 de febrero de 2026", escribió el funcionario en X.
El alto tribunal rechazó este lunes la solicitud de retiro de medidas cautelares sobre el decreto original y ratificó la suspensión de dicha normativa, dejando en firme el auto dictado el 12 de febrero de 2026. Sin embargo, el decreto transitorio —Decreto 159 de 2026— que mantiene el salario mínimo en 1.750.905 pesos mensuales con un incremento del 23% sigue vigente mientras se profiera sentencia definitiva.
El salario vital sigue EN FIRME. En Colombia, las conquistas y derechos de las y los trabajadores NO tienen reversa. La decisión del Consejo de Estado conocida hoy no afecta el decreto transitorio que expedimos junto al presidente @petrogustavo el pasado 19 de febrero de 2026. El… https://t.co/4IYU8w8Vvq
— Antonio Sanguino (@AntonioSanguino) April 14, 2026
Qué dijo el alto tribunal
La Sección Segunda del Consejo de Estado respondió a dos solicitudes presentadas en el expediente. La primera, de uno de los demandantes, alegaba que el tribunal se había extralimitado al ordenar la expedición del decreto transitorio. La segunda, del propio Gobierno, pedía levantar la suspensión del decreto original. Ambas fueron negadas.
Sobre la acusación de extralimitación, el tribunal fue explícito: "La orden impartida no implicó la imposición de una decisión concreta —como la fijación de un incremento porcentual específico— ni supuso, en modo alguno, una anticipación del sentido del fallo", y precisó que se encontraba legalmente habilitado para ordenar la expedición de un decreto transitorio.
Sanguino destacó este punto: "El alto tribunal ratificó que el juez sí tiene competencia para ordenar medidas cautelares, incluyendo la expedición de actos administrativos provisionales para garantizar los derechos del pueblo trabajador mientras decide de fondo".
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El camino que falta
El paso siguiente será que otro magistrado resuelva sobre la súplica del Gobierno. Luego, la Sección Segunda analizará si el decreto transitorio cumple las formalidades exigidas. La decisión de fondo sobre el Decreto 1469 de 2025 podría llegar, en el mejor de los casos, en 2027.
El Decreto 1469 de 2025 fue suspendido originalmente en febrero por el magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, quien señaló que el Gobierno no explicó de manera técnica y verificable cómo los parámetros legales —inflación, productividad y contribución salarial al ingreso nacional— incidieron en la determinación del aumento, y que el concepto de salario vital, basado en estudios de la Organización Internacional del Trabajo, habría desplazado los criterios exigidos por la Ley 278 de 1996.
Sanguino reafirmó la postura del Gobierno: "Junto al presidente Petro llevaremos esta lucha hasta el final. En este Gobierno se cumple la ley, se respeta la Constitución y se protegen los derechos de las y los trabajadores".
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